Los impuestos en Andalucía bajan, entre ellos el impuesto de Sucesiones y Donaciones, Transmisiones patrimoniales y del patrimonio.

Los impuestos en Andalucía bajan, entre ellos el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y Transmisiones Patrimoniales. Y desde 2023 se elimina el Impuesto de Patrimonio.

 

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

En Andalucía se aplica una bonificación del 99% en la cuota tributaria del impuesto, tanto en sucesiones hereditarias como en donaciones. Las personas beneficiarias de esta bonificación, son las incluidas en los Grupos I y II antes mencionados.

A partir del 1 de enero de 2022 también se rebaja la tarifa de ISD (los tipos se sitúan entre el 7% y el 26%) y se reducen los coeficientes multiplicadores. Ya dependen solamente del grado de parentesco y no del patrimonio preexistente, como hasta ahora. De esta manera, no supera en general el tipo marginal del 45%. Una medida que beneficiará principalmente a los Grupos III y IV de parentesco.
Se crea un nuevo plazo de presentación de la autoliquidación de dos meses de estos impuesto o tributo a contar desde la donación.  Antes eran 30 días hábiles.

 

Tributo sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD)

• Se mantiene la rebaja del tipo general aplicable en TPO en el 7% (frente al 8%, 9% y 10% anteriores). Asimismo los documentos notariales (AJD) en el 1,2% (1,5% anterior), que ya se estaba aplicando desde finales de abril de 2021.
• El TPO se mantiene el tipo reducido del 3,5% para menores de 35 años, familias numerosas y personas con discapacidad.  Se ha elevado el valor máximo de la vivienda hasta 150.000 euros (antes 130.000 euros) para jóvenes y 250.000 euros (antes 180.000 euros) para los dos colectivos restantes. Además, la aplicación de este tipo reducido del 3,5%, con el límite en el valor de la vivienda de 150.000 euros, se amplía a víctimas de violencia doméstica, víctimas de terrorismo y personas afectadas, y a los inmuebles situados en municipios con problemas de despoblación.
• En AJD se mantiene el tipo reducido del 0,1% para personas con discapacidad y familias numerosas, pero se aumenta el valor máximo de la vivienda hasta 250.000 euros (antes 180.000 euros). Y para menores de 35 años se mantiene el tipo reducido del 0,3% con el valor máximo de 150.000 euros (antes era 130.000 euros) y este tipo reducido del 0,3%, también se amplía a víctimas de violencia doméstica, a víctimas de terrorismo y personas afectadas, y a inmuebles adquiridos en municipios con problemas de despoblación.
• Entra en vigor la rebaja en los impuestos para las adquisiciones de vivienda habitual cuyo valor no sea superior a 150.000 euros.  El tipo reducido del 6% en TPO y del 1% en AJD.  Sin ningún otro requisito.

Se crea un nuevo plazo de presentación de la autoliquidación para los hechos imponibles sujetos a los impuestos de ITPAJD. Se establece un plazo de presentación de la autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria de dos meses a contar desde la fecha del devengo.

Impuesto sobre el Patrimonio (IP)

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha decidido suprimir totalmente el Impuesto sobre el Patrimonio en su Comunidad Autónoma.  A partir del año 2023, se aprueba la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio mediante la bonificación del 100% de la cuota. Hasta ahora, el mínimo exento del Impuesto de Patrimonio en Andalucía era de 700.000 euros y se incluían en la base de la tributación los bienes muebles e inmuebles, excepto la vivienda habitual hasta 300.000 euros.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-patrimonio.html

 

 

Autor: Spacio Inmobiliaria

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